El Consejo de Estado francés rechaza los recursos contra la creación de un parque eólico marino de Iberdrola en Saint-Brieuc
Redacción.- Recurrido por una asociación de protección ambiental y una empresa competidora que no compartían las decisiones tomadas para la creación de un parque eólico en Saint-Brieuc (Côtes-d’Armor), el Consejo de Estado de Francia ha rechazado las apelaciones contra la creación de este parque, pero acepta compensar a la empresa apartada indebidamente del proceso de licitación.
El Consejo de Estado ha resuelto así las dos disputas contra las decisiones tomadas en 2012 por los Ministerios de Ecología y Energía después de una convocatoria de licitación organizada para la selección de los operadores para la creación de un parque eólico en alta mar en Saint-Brieuc. La primera decisión seleccionó a la compañía Ailes Marines, consorcio liderado por Iberdrola con RES y Caisse des Dépôts, después de la licitación y la segunda autorizó a la compañía a operar el parque eólico, una instalación de generación eléctrica con una capacidad total de 500 MW.
El Consejo de Estado dictaminó que el procedimiento de selección había sido irregular en la medida en que la elección del operador para este parque eólico se basaba en un criterio según el cual se consideraba simultáneamente la realización de 5 parques eólicos, en el Canal de la Mancha y en el Atlántico, por lo que no se deberían atribuir a una misma empresa, un criterio que no estaba previsto en la invitación a licitar.
Sin embargo, el Consejo de Estado considera que esta irregularidad en la licitación no tuvo ningún impacto en la concesión de la autorización de explotación. Por lo demás, sostuvo que las otras críticas de legalidad dirigidas a la licencia de operación eran infundadas. Por lo tanto, el Consejo de Estado ha rechazado los recursos contra la licencia de explotación presentados por la asociación ecologista Gardez les caps y de la compañía Nass & Wind, miembro de un consorcio candidato para la licitación de este parque.
El Consejo de Estado también consideró que la asociación Gardez les caps, que no está directamente relacionada con la decisión de seleccionar a la compañía Ailes Marines en lugar de otra compañía, no podía solicitar la cancelación de esta decisión de selección. En cambio, ordenó al Estado compensar a Nass & Wind con 2,5 millones de euros en compensación por los daños causados por la irregularidad del procedimiento de licitación.