A vueltas con los 48 €/MWh

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48 euros fue el precio del megavatio/hora (MWh) que el Gobierno fijó para el primer trimestre de 2014 después de la anulación de la 25ª subasta CESUR: un precio que fue prorrogado posteriormente ante las dificultades para implantar de forma inmediata el nuevo método de fijación de precios propuesto por el Gobierno.
También es el que, según apunta la Asociación Empresarial Eólica (AEE), Industria toma como referencia para el año 2014 a la hora de fijar la retribución a la inversión, uno de los nuevos pilares del nuevo régimen retributivo para las plantas de renovables, de cogeneración y de residuos.
La estimación realizada en su momento se tornó errónea y bastante alejada de los precios marcados por el pool. Desde el Ministerio de Industria trataron de apuntarse el tanto para, sin rebajar el déficit tarifario acumulado, proporcionar una “devolución” en la factura a los consumidores. Así, la primera consecuencia de la fijación de 48 euros MW/h como precio de la electricidad ha sido la devolución para los consumidores del dinero pagado de más durante el primer trimestre debido a que el precio real del pool fue un 46% inferior al establecido por el Gobierno. Aproximadamente 300 millones de euros de devolución, una cuantía comunicada oficialmente por el ministro de Industria, Energía y Turismo en vísperas de las elecciones europeas de mayo, cuestión que levantó todas las sospechas por su oportunismo.
Pero los malabares con el número 48 no cesan. En sentido contrario, la estimación de los 48 euros MWh en el mercado mayorista se ha fijado como referencia para determinar la retribución de la energías del régimen especial en 2014, de forma que si el precio del pool es inferior, las instalaciones deberían ser compensadas hasta completar su retribución denominada “razonable”, y si es superior, no perciben compensación e incluso podrían tener que devolver parte de su retribución. Pero el mecanismo no tiene prevista su revisión final, en función de lo que dictamine el mercado, hasta el final de cada semiperíodo regulatorio, es decir, 3 años.
En esta tesitura se encuentran las tecnologías del régimen especial. Así, según la AEE, el precio de 48 euros MWh como media del pool en 2014 no será tal y posiblemente será de aproximadamente 41 euros, lo que supondrá para el sector eólico un perjuicio de 200 millones. A diferencia de lo ocurrido con los consumidores, el Estado abonará la retribución a la inversión en función del precio estimado de mercado y no del real; por tanto, en este caso, el abono de la cantidad que falte para alcanzar la cuantía del precio estimado no será en consecuencia ni mucho menos inmediata sino que los productores tendrán que esperar hasta 3 años más tarde.
El perjuicio para los productores del régimen especial no se limita a tener que financiar esta merma en sus ingresos durante estos 3 años. Además, a la hora de fijar las futuras compensaciones por la desviación del precio real del mercado respecto al precio estimado, la nueva normativa establece unos límites inferior y superior: una especie de cláusulas techo y cláusulas suelo que establece Industria y a partir de las cuáles ya no habrá una compensación.
Esta doble cláusula, tan controvertida en las hipotecas, supone que si el precio real es notablemente superior al estimado, una parte sería devuelta al Estado por los productores renovables mientras que la otra sería de beneficio para ellos; por contra, como sucede en 2014, si el precio real es inferior al estimado, el Estado tendrá que compensar a los productores. Pero hay una cantidad, a partir del límite establecido, que tendrá que ser directamente asumida por los productores como pérdidas.
Desde la patronal eólica lo tienen claro: puesto que a mitad de 2014 ya es evidente que el precio estimado para el conjunto del año no se aproximará al real, reivindicaron que la aprobación del real decreto reconsiderara las cifras establecidas para no incurrir en un «error» que suponga un perjuicio de 200 millones de euros para los productores del sector eólico. Además, reclamaron la eliminación de los límites inferior y superior a la hora de fijar las compensaciones de cada año para que la retribución se aplique «según el precio medio real del mercado al final del periodo», ya que, según apuntaron desde la Asociación Empresarial Eólica, «únicamente en 2008 el precio medio del pool fue superior al estimado».
Este nuevo perjuicio a los productores renovables, combinado con el comportamiento ventajista hacia la opinión pública del Industria, conduce a una doble reflexión: el Gobierno fijó el precio de 48 euros MWh y, al comprobar que el precio no se correspondía con el del mercado, optó en mayo por una devolución a los consumidores de 300 millones de euros cuando previamente en diciembre subió los peajes un 2% para conseguir, sólo en 2014, 270 millones con los que empezar a pagar la amortización del déficit de 2013 durante los próximos 15 años. Si para los consumidores hubo devolución, aunque esta palabra resulta engañosa a la vista de que su situación no ha mejorado respecto a diciembre de 2013 y sigue habiendo una deuda acumulada de 30.000 millones por pagar, cabe preguntarse si la falta de corrección del precio estimado para las renovables responde a un «error» o a una decisión deliberada.
En cualquier caso, parece que lo más perjudicado con este Decreto volverá a ser la seguridad jurídica y la seguridad regulatoria en el Reino de España. Turno ahora para la conflictividad judicial que se avecina por este ejercicio de desmesura regulatoria realizado desde el Ministerio de Industria.