El Tribunal de Luxemburgo vuelve a poner sobre la mesa el debate de las privatizaciones en Europa

La condena del Tribunal de la UE por la ley «anti-EDF» española vuelve a poner sobre la mesa el debate de las privatizaciones en Europa en los sectores estratégicos y la reciprocidad entre los países miembros, en medio de especulaciones sobre una futura opa de la empresa pública francesa sobre Iberdrola.
Como suele decirse en el argot de los mercados, la decisión del Tribunal de Luxemburgo estaba descontada, ya que en junio de 2005 se pronunció en contra de una disposición similar adoptada por Italia, por lo que las posibilidades de que con España se actuara de otra forma eran reducidas.
A finales de 1999, en plena batalla por Hidrocantábrico, el gobierno de José María Aznar introdujo en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2000 una disposición que permitía al Ejecutivo limitar al 3 por ciento los derechos políticos de compañías extranjeras con capital público que tomaran participaciones relevantes en empresas energéticas españolas.
La Comisión Europea denunció la Disposición Adicional 27 de la norma, conocida también como «ley Rato«, porque representaba una restricción a la libre circulación de capitales y contravenía los tratados de la UE.
En realidad, el verdadero sentido de una norma de esta naturaleza radica en el efecto disuasorio que tiene ante posibles operaciones, por lo que el Gobierno español sólo ha tenido que aplicar esta disposición en contadas ocasiones y lo ha hecho de forma flexible.
En enero de 2004, el gobierno del PP permitió a EDP, participada por el Estado portugués, ejercer derechos políticos en Hidrocantábrico y, el pasado año, el Ejecutivo del PSOE actuó de la misma forma en el caso de la compra de Endesa por la italiana Enel.
En ambos casos la reciprocidad entre los países afectados fue un elemento que, sin aparecer explícitamente, resultó relevante para las autorizaciones. Sin embargo, desde el punto de vista técnico y jurídico, la exigencia de reciprocidad no es un argumento válido, según expertos consultados.
El Tratado de la UE consagra la libertad de circulación y establecimiento, pero no distingue entre la propiedad de las empresas ni hace referencia a que deba existir reciprocidad entre los estados, algo que se dirime en el ámbito político.
La decisión del Tribunal de Luxemburgo y los rumores sobre una posible opa de EDF sobre Iberdrola vuelven a poner de relieve las dificultades para avanzar en la liberalización cuando las posiciones de partida de los miembros de la UE son tan distintas.
El titular de Economía, Pedro Solbes, señaló que, aunque las empresas compitan en los mismos mercados en una supuesta igualdad de oportunidades, una empresa privada siempre podrá ser comprada y una pública no. En la misma línea, el secretario de política económica del PP, Miguel Arias Cañete, dijo que el Ejecutivo comunitario debería ser igual de celoso con las compañías que tienen el aval de los estados que denunciando las leyes que contravienen el Tratado.
Las fuentes consultadas consideran que tarde o temprano la UE deberá entrar en esta cuestión, ya que provoca situaciones claramente injustas.