Fabra dice que la autorización a Acciona y Enel incorpora condiciones que adolecen de una ‘excesiva’ intervención

El consejero Jorge Fabra ha emitido voto particular en el que motiva su decisión de abstención en la resolución tomada en relación a la autorización de la opa de Acciona y Enel. Se trata del único consejero a propuesta del PSOE que ha elaborado un voto particular para explicar su posicionamiento sobre la opa conjunta de Acciona y Enel.
En un documento de doce páginas, Fabra indica que aunque la Resolución adoptada por el Consejo incluye algunas condiciones adecuadas para preservar interesas legítimos relacionados con la seguridad pública en materia de abastecimiento energético, sin embargo, en opinión del consejero, “la Resolución incorpora otras condiciones que adolecen de una excesiva intervención en asuntos que deben corresponder, exclusivamente, al ámbito de gestión de las empresas Enel, Acciona y Endesa, sin que este exceso de intervención encuentre justificación encuentre justificación o soporte en las normas españolas, en las normas europeas ni tampoco en la eficacia que merece la defensa o preservación de los intereses generales mencionados”
Fabra alude al Reglamento de Concentraciones Europeo como norma de aplicación directa en los Estados de la Unión , siendo competencia exclusiva de la Comisión Europea la autorización de operaciones de concentración en el ámbito comunitario y que los Estados Nacionales han de abstenerse de aplicar, en estos casos, su normativa nacional.
De esta manera, Fabra estima que “la CNE sólo debe recurrir a la aplicación de la función decimocuarta en la medida en que constituya una norma eficaz para regular la protección de los intereses generales compatibles con la mencionada norma comunitaria y sin desbordar los límites en ella establecidos”.
Así, considera que la Resolución de la opa conjunta de Acciona y Enel, podría “desbordar esos límites”, puesto que la limitación de la participación en el capital de Enel constituye una cuestión cuya evaluación corresponde a la Unión Europea.
Fabra, además, critica la condición que obliga al mantenimiento de la marca Endesa o la condición de mantenimiento de un ratio financiero (Deuda Financiera Neta/EBITDA) por debajo de un valor “verdaderamente caprichoso”: 5,25. Ambas cuestiones, en opinión del consejero, se encuentran alejadas de tener influencia sobre la seguridad pública y tienen más que ver en políticas comerciales y financieras que no deberían ser restringidas.
Fabra califica la actitud de la CNE como “ineficientemente intervencionista” que no contribuye a preservar los intereses generales y restringe innecesariamente algunos aspectos de la libertad de gestión de las empresas y, con ello, la eficiencia de su gestión.
Razones de la abstención
Fabra expone en el voto particular una propuesta alternativa de acuerdo que según relata suscribe su posición mantenida en el debate de la Resolución.