Crecen los intereses que pagan los consumidores de electricidad por la prolongación de la moratoria nuclear decretada por Industria

Así se recoge en un voto particular que el consejero Luis Albentosa, dirige con motivo de la reciente decisión del Consejo de la CNE sobre los cálculos de la anualidad de la moratoria nuclear a diciembre de 2006, motivos por los cuáles se muestra contrario respecto del dictamen de la Comisión en esta cuestión.
Señala Albentosa, que las sucesivas reformas de los porcentajes de la moratoria nuclear (seis en total y tres en el último año) han llevado más lejos la conclusión de esta figura tarifaria, de forma que por efecto del aumento de la demanda y reducción de los tipos de interés estaba prácticamente extinguida. Así si no se hubiera modificado el porcentaje, en octubre se habría concluido con su pago, mientras que la última reforma puede llevar, si no se activa la denominada ‘garantía de importes mínimos’ a que la extinción de esta deuda se prolongue hasta 2016.
Por otra parte, el Fondo de Titulación de Activos disponía de un excedente a 31 de diciembre de 2006, de 207 millones de euros, procedentes de la recaudación obtenida de la aplicación del porcentaje de la moratoria a la facturación eléctrica, que no se va a destinar a la amortización de esta deuda, cuestión que también aumenta el pago de intereses por parte de los consumidores durante todo el período de vigencia del mismo. Esto se debe a los cambios en las condiciones de este Fondo.
La moratoria nuclear se implantó en la Ley 40/1994 de 30 de diciembre para compensar las inversiones realizadas por las empresas eléctricas por las inversiones realizadas en Lemoniz, Valdecabelleros y Trigo II, cuya construcción fue paralizada definitivamente. Para facilitar que las compañías eléctricas pudieran percibir de una sola vez el total de las compensaciones por estas centrales, el Gobierno promulgó el R.D. 2202/2995 que regula esta titulación, por el montante del informe que quedaba por compensar, 4.383 millones de euros. A su vez, se creó en 1996 un Fondo de Titulación de Activos Resultantes de la Moratoria Nuclear (TdA) como titular de los derechos de compensación resultantes de la moratoria nuclear.
Estas compensaciones sonn sufragadas cada es por los consumidores mediante un porcentaje de la tarifa eléctrica que se recoge en el recibo de la luz. Además, existía una garantía de importes mínimos, mediante la cual la cuota anual de amortizaciones e intereses de cada año debería ser superior a una importe determinado. Si el cálculo de los importes era inferior a éste, el Tesoro Público atendía esta diferencia de ingresos, cuestión que sólo ha ocurrido en 1999, aunque las reducciones de los porcentajes podían abocar a situaciones en que fuera necesario que interviniese el Ministerio de Economía.
Hasta el momento las asociaciones de consumidores no han expresado su posicionamiento sobre esta medida que va a prolongar el pago de este concepto en el recibo, así como la mayor carga de intereses a soportar hasta el momento de su extinción.