Reguladores sostenibles

Ayer el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Economía Sostenible, que entre otras cosas, homologa la organización de los órganos reguladores y, por tanto, de la Comisión Nacional de Energía y de la Comisión Nacional de Competencia, órganos reguladores de especial influencia en el sector energético. Reducir el contenido de esta ley para los órganos reguladores a la composición de sus consejos es realmente un producto delirante porque la ley en sus fundamentos pretende modernizar el funcionamiento de los mismos para procurar más agilidad, independencia y control parlamentario. O un producto de la turbulenta vida política extrapolada a los sectores económicos.
Entre las principales novedades de la nueva ley, está el hecho de que los organismos deberán publicar las actas de sus consejos y los informes en que se basen sus decisiones, así como el resultado de las reuniones con empresas y con otros organismos reguladores. Por otra parte, estos órganos se hacen «mayores de edad» al desaparecer la tutela que ejercían los Ministerios de forma que los recursos contra sus decisiones serán recurridos ante instancias judiciales y no ante las instancias ministeriales (en este caso, la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional). De facto, esto dejaba muy mermada la capacidad e independencia de los organismos. Además, en el caso de la CNE se reformulan sus funciones de una manera más compresible, entre ellas la controvertida en el pasado función 14.
Por otra parte, se establece un proceso de coordinación entre los distintos órganos reguladores, con una reunión anual entre los presidentes de los distintos organismos, sin que hayan triunfado las tesis de crear un macroórgano panregulador residenciado en la Comisión Nacional de Competencia como abogaba insistentemente Luis Berenguer (actual presidente de la CNC).
Sin más preámbulo, y sin caer más tiempo en la intriga, uno de los procesos que más expectación ha levantado han sido las posibilidades y carambolas que entrañaba el proceso de renovación de los Consejos de estos organismos. En los casos que nos ocupan, se modifica el funcionamiento de los consejos de la Consejo de la Comisión Nacional de Energía y de la Comisión Nacional de Competencia, reorganizándolos de forma homologable a como quedan el resto de órganos reguladores: la Comisión Nacional del Sector Postal y la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
De esta manera, los Consejos de Administración de estos órganos quedarán compuestos por un presidente y seis consejeros, dos más de los previstos en versiones previas de la norma. En el caso de la CNE, esto supondrá la reducción en dos vocales y la desaparición de la vicepresidencia. En el caso de la CNC el efecto es el contrario, se produce la ampliación de su consejo con dos vocales más, dado que hasta el momento únicamente tenía cinco miembros (un presidente y cuatro consejeros). El mandato de los vocales será de seis años sin posibilidad de reelección. Los cargos serán de dedicación exclusiva y la incompatibilidad para trabajar en el sector se extenderá dos años más allá del cese, en los que los consejeros cobrarán el 80% del sueldo.
Renovación en dos fases y en bloque.
La Disposición Adicional Novena establece unas normas que articulan la transición al nuevo modelo de Consejos en los dos organismos. Si ejecutamos la previsión del calendario, está previsto que el proceso se produzca de forma sucesiva e instantánea sin solución de continuidad en el caso de la CNE. Así, lo previsible, es que en el plazo máximo de dos meses se produzca la salida de los consejeros que tienen actualmente su período de mandato vencido, de forma que el Gobierno podría decretar su cese casi de forma instantánea tras su publicación en el BOE. Esto afecta al Vicepresidente del organismo, Fernando Marti Scharfhausen y los vocales Carmen Fernández Rozado y José Sierra. Y, posteriormente, a partir del 7 de junio, (quien sabe si pasarán el verano), se produciría el cese del resto de los consejeros nombrados ya hace seis años, es decir, se produciría la salida de la presidenta, Maite Costa y los vocales Sebastiá Ruscalleda, Luis Albentosa, Jaime González y Jorge Fabra.
Por tanto, hasta ese momento catárquico, se plantea la existencia de un consejo interino con estos cinco consejeros y, una vez producido el cese de éstos, se produciría su salida y su renovación en bloque, sin solución de continuidad y con el relevo al completo del nuevo consejo ya en su configuración definitiva. Parece que uno de los elementos particularmente más controvertidos en el caso de la CNE, es el carácter adanista del proceso, con un traspaso de poderes «a pelo» entre el consejo anterior y el que se nombre (sea en junio o en septiembre).
Por tanto, el nuevo Consejo quedará desierto de sus anteriores componentes. La norma prevé en determinados casos un período de convivencia de tres años de un máximo de tres miembros de los consejeros, bajo circunstancias que el consejo del organismo no cumple.
En el caso de la Comisión Nacional de Competencia permanecen en sus puestos hasta 2012, la vicepresidenta Pilar Sánchez y todos los vocales: Inmaculada Gutiérrez, Julio Costas y María Jesús González. Mientras el mandato de su presidente, Luis Berenguer, expira en el mes de septiembre sin posibilidad de renovación.
Ahora la clave será que realmente el funcionamiento de estos órganos permita una reformulación que supere el descrédito actual en el que se han precipitado en esta última etapa. Mientras tanto, a esperar la conjunción astral de la conformación provisional de la Comisión Nacional de Competencia y el consejo interino de la Comisión Nacional de Energía.